Informes de propietarios efectivos
Si su empresa ha registrado una clase de sus valores de renta variable bajo la Ley de Intercambio, los accionistas que adquieran más del 5% de las acciones en circulación de esa clase deben presentar informes de propietarios efectivos en el Anexo 13D o 13G hasta que sus participaciones caigan por debajo del 5%. Estos informes contienen información sobre los antecedentes de los accionistas que los presentan, así como sus intenciones de inversión, proporcionando a los inversores y a la empresa información sobre las acumulaciones de valores que pueden cambiar o influir potencialmente en la gestión y las políticas de la empresa.
Información sobre las transacciones de los funcionarios, directores y accionistas del 10%
La Sección 16 de la Ley de Intercambio se aplica a los directores y funcionarios de una empresa que informa a la SEC, así como a los accionistas que poseen más del 10% de una clase de valores de renta variable de la empresa registrada bajo la Ley de Intercambio. Las normas de la sección 16 exigen que estos «iniciados» informen a la SEC de la mayoría de sus transacciones con valores de renta variable de la empresa en un plazo de dos días hábiles mediante los formularios 3, 4 o 5.
La sección 16 también establece mecanismos para que una empresa recupere los beneficios de las «operaciones en corto», es decir, los beneficios que una persona con información privilegiada obtiene de la compra y venta de valores de la empresa que se producen en un período de seis meses. Además, el artículo 16 prohíbe la venta en corto por parte de personas con información privilegiada de cualquier clase de valores de la empresa, esté o no registrada en la Exchange Act.
Préstamos a directores y funcionarios
El artículo 13(k) de la Exchange Act prohíbe a las empresas que informan a la SEC hacer préstamos personales a sus directores y funcionarios. Los préstamos realizados en el curso ordinario de los negocios a tasas de mercado por los emisores que son instituciones financieras o en el negocio de los préstamos al consumidor están exceptuados de la prohibición.